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Asesoramiento a imputados e familiares de presos

Asesoramiento a imputados e familiares de presos

¿Conoce usted que es la Asistencia Letrada al Detenido?. ¿Sabe usted si todas las personas detenidas tienen derecho a solicitarla?.
La Asistencia Letrada es el derecho que tiene la persona que se encuentra imputada de un delito a tener un proceso justo y un juicio. Es un derecho constitucional de cada ciudadano. Y llega a concretarse cuando un abogado vela para que se cumplan cada uno de los derechos que tiene el detenido desde el inicio del proceso (quiere decir que se le informen sus derechos correctamente, que se le indiquen las razones por las cuales ha sido detenido, que en ningún momento se atente contra la integridad física del detenido, que se evite la auto-inculpación debido a la ignorancia y que en general se realice un proceso judicial acorde al procedimiento). Los delitos con mas frequencia son los relacionados con el tràfico de drogas o estupefacientes, narcotràfico internacional, lavado de dinero, homicidios - asesinatos, camionistas detenidos por transportar drogas, detenidos por fabricar drogas, tràfico de seres umanos, mulas de al droga, delito de terrorismo internacional.

Atenciòn a presos en:
Francia: (París Marsella Lyon Toulouse Niza Nantes Strasbourg Montpellier Burdeos Lille Perpignan)
Suiza: (Zúrich Ginebra Basilea Lausana Berna Winterthur Lucerna San Galo Lugano)
Italia: (Roma Milán Nápoles Turín Palermo Génova Bolonia Florencia Bari Catania)

¿Sabe cuáles son los derechos que tiene usted al ser detenido, incluso si la detención se ha efectuado en otro país?
Pues de inmediato puede usted solicitar una asistencia letrada, esto quiere decir que no prestará ningún tipo de declaración hasta después de consultar a un abogado.


Hasta ese momento, a usted deberán informarle por escrito y por supuesto en una lengua que sea usted capaz de comprender las causas de su detención, todos los derechos que posee como detenido y el plazo máximo legal de detención.
En caso que no se lo mencionen, esté usted consciente que uno de sus derechos es el de guardar silencio y no realizar una declaración que pueda inculparle; por lo cual usted tiene el derecho de no declararse culpable.


También debe conocer que otro de sus derechos es a tener una entrevista en privado con el abogado que usted solicite (o un abogado de oficio que se le asigne) y que posterior a esta entrevista su abogado esté presente en sus declaraciones.
Será preciso que conozca que en caso que usted no comprenda el idioma del país en que ha sido detenido y que el abogado que se le asigne no hable su idioma, usted tiene el derecho que también se le asigne un traductor gratuitamente.


Otro de los derechos que le corresponde como acusado es que sus familiares conozcan de su detención y en caso que usted se encuentre en un país extranjero, también tiene derecho a que su detención se le comunique a su Oficina Consular de forma tal que las autoridades consulares puedan visitarle y mantenerse al tanto de su caso.


¿Podrá confiar plenamente en su abogado?. ¿Deberá brindarle a su abogado todos los detalles de los hechos por los que es inculpado o es posible que si lo hace su abogado se parcialice con lo ocurrido y transmita los hechos a la fiscalía?
Todo lo que usted le comunique a su abogado será totalmente confidencial, su abogado no puede revelar a nadie lo que usted le cuente. La principal función de su abogado es realizar su defensa y solamente realizando esta defensa estará cumpliendo con su trabajo.

Su abogado será el encargado de velar que se cumplan sus derechos así como de proceder a intervenir en todos los trámites legales que se deriven de las investigaciones durante el proceso (careos, reconstrucción de los hechos, solicitud de evidencias, tomas de ADN, revisión de las pruebas que puedan existir, y todo aquello que tenga influencia para poder realizar su defensa).


¿Qué tiempo puede transcurrir desde su detención hasta que se presente el abogado que usted solicita o que le haya sido designado?
Como regla general el abogado que se le asigna debe presentarse en el sitio en el que se encuentre el detenido en un término no mayor de 3 horas (desde que es llamado). Por lo cual es recomendable que usted desde el primer momento de su detención solicite la asistencia legal de un  abogado.


¿Pudiera ocurrir que la policía no le informe de sus derechos o que existan irregularidades en el proceso de su detención?. Si usted se percata de esto: ¿Qué debe hacer?
Pues informarlo inmediatamente a su abogado, pues es solamente su abogado quien debe dejar constancia escrita de las infracciones que se hayan podido cometer durante el proceso y poner la debida demanda para defender sus derechos.


¿Y después de esa primera entrevista con nuestro abogado, que debe usted esperar?. ¿Permanecerá usted recluido hasta el día del juicio?. ¿En caso de tener que permanecer recluido tendrá usted el derecho a que el abogado le visite nuevamente?.


En dependencia de la gravedad del delito del cual se encuentre acusado usted permanecerá recluido o no. Es posible que se considere aplicable para obtener una fianza siempre y cuando sus antecedentes penales demuestren que es confiable para no huir antes del juicio. Y en caso de que deba mantenerse recluido, su abogado estará en la obligación de visitarle periódicamente y de ir informándole el avance del proceso judicial al cual estará sometido.