Asesoría detenidos en el exterior | Presos en el extranjero Italia

Asistencia Juridica para presos en Italia Roma Milàn

Asistencia Juridica para presos en Italia Roma Milàn

Abogados: ¿Tiene usted algún familiar o amigo que haya sido detenido en el exterior? ¿Conoce lo que debe hacer en estos casos?.
Lo primero que debe hacer al recibir la noticia de que un miembro de su familia o amigo ha sido detenido en el extranjero es ponerse en contacto con el Ministerio de Asuntos Exteriores de su país, e informarse acerca de la asistencia consular que puede recibir. Paises y ciudadanos extranjeros que mas frequentemente hemos representado: Argentina: Argentinos /as Barbados: Barbadenses Bolivia: Bolivianos /as Chile: Chilenos /as Colombia: Colombianos /as Costa Rica: Costarricenses Cuba: Cubanos /a Ecuador: Ecuatorianos /a El Salvador: Salvadoreños /ñas Guatemala: Guatemaltecos /as Honduras: Hondureños /as México: Mexicanos /as Nicaragua: Nicaragüenses Panamá: Panameños /ñas Paraguay: Paraguayos /as Perú: Peruanos /as República Dominicana: Dominicanos /nas Uruguay: Uruguayos /as Venezuela: Venezolanos /as.


Es preciso que tenga en cuenta que ante una detención en un país extranjero, se pudieran presentar problemas asociados a una cultura, idioma o modo de vida diferente y en estos casos siempre es bueno recalcar, que aunque la persona solamente se encuentre de viaje en este país, esto no le exime de estar sometida a las leyes y procedimientos judiciales del mismo. Ello implica, que ni el Consulado ni la Embajada podrán interferir en estos procedimientos de la ley penal extranjera, ni revocar una sentencia ya dictada, pero al mismo tiempo, si podrá garantizarle una asistencia y atención, especialmente en los casos donde las condiciones sean deficientes.


¿Cómo puede conocer la persona que ha sido detenida en el extranjero cuáles son sus derechos?
Los derechos de la persona detenida en el extranjero dependerán de las leyes del país donde se le haya arrestado. En cualquier caso, siempre deberá solicitar a las autoridades que se le informe el motivo de su detención y se le expliquen los derechos que posee (de preferencia en su idioma), evitando firmar cualquier documento en blanco o en un idioma desconocido. El detenido deberá estar consciente que lo más importante después de la detención siempre será obtener los servicios de un abogado competente y notificar a su Embajada y a sus familiares, con vistas a garantizar que se emprendan las acciones legales correspondientes.

¿Cómo podrá el detenido contratar a un abogado penal para que le represente si no conoce a nadie que pueda brindarle estos servicios en el país en que se encuentra?
Para designar al abogado que representará al detenido existirán básicamente dos opciones fundamentalmente. La primera será que el detenido o sus representantes elijan la asistencia legal de la lista de abogados especializados que puede brindarle la Oficina Consular de su país. La segunda opción será considerar que prácticamente en todos los países del mundo existen los abogados de oficio, que son una asistencia legal gratuita para aquellos que no poseen los medios económicos para procurarse una asistencia legal privada.


¿Cuáles son las acciones en las que la Oficina Consular podrá ser de utilidad para su familiar o amigo?
Las Oficinas Consulares, siempre de acuerdo con las leyes del país donde se encuentre el detenido, podrán notificar a sus familiares sobre el hecho de la detención y en caso correspondiente de la privación de libertad, asegurarse que el trato que recibirá el detenido será al menos igual al recibido por los nacionales del país en cuestión,  colaborarán para que las autoridades del país permitan que el detenido se comunique con sus familiares o amigos, tendrán posibilidad de entregar o recibir su correspondencia, estarán autorizadas de solicitar a las autoridades locales información relativa a su caso, podrán proporcionarle material de lectura, efectuarán el seguimiento del estado de salud del detenido y velarán para que el establecimiento penal le proporcione alimentación adecuada y servicios médicos, e incluso, en la medida de lo posible, podrán apoyar al detenido proporcionándole ayuda para cubrir sus necesidades básicas (alimentos, medicinas, etc.) cuando el centro penitenciario en el que se encuentre no pueda hacerlo.


¿Pudiera ocurrir que la Oficina Consular se negara a brindar algún tipo de ayuda a nuestro familiar o amigo ante una solicitud nuestra?.
Hay acciones que las Oficinas Consulares, por ley, no pueden acometer. Por ejemplo: realizar pagos de multas o indemnizaciones impuestas por las autoridades extranjeras a causa del detenido cargándolas a fondos públicos; asistir a las sesiones de los juicios que se realicen, recomendar a un abogado en específico, hacerle llegar al detenido objetos no autorizados por el reglamento del centro penitenciario, gestionar el alojamiento de los familiares o amigos de los detenidos que deseen visitarlo, o cualquier otra acción que vaya en contra de las leyes del país en el que se encuentre el detenido.


 ¿Se puede visitar a nuestro familiar o amigo si el mismo ha sido detenido en el extranjero?. ¿Qué debemos hacer para ello?.
Si deseamos visitar a un familiar o amigo que se encuentre detenido en el extranjero le aconsejamos que informe a la Oficina Consular correspondiente, de forma tal que la misma le brinde los datos que puedan serle de utilidad para su viaje, estancia en el país y requerimientos para realizar la visita al establecimiento penitenciario en el que se encuentre la persona a visitar.
Es importante recordarles, que independientemente del lugar del mundo donde nos encontremos, tenemos derecho a la justicia.